La Justicia condena a Telecinco por lo ocurrido en ‘Sálvame’ y ‘Socialité’ y estas son las consecuencias

Los programas ‘Sálvame’ y ‘Socialité’ y Kiko Hernández han sido condenados por «intromisión ilegítima en el derecho al honor, la intimidad y a la propia imagen» de Juls Janeiro

A Kiko Hernández y a Telecinco les va a salir muy caro lo que hicieron con Juls Janeiro, la hija mayor de Jesulín de Ubrique y María José Campanario, el día que alcanzó la mayoría de edad. El 8 de abril de 2021, la joven cumplió 18 años y programas como ‘Sálvame’ hicieron una cuenta atrás para despixelar sus fotos, imágenes que ella misma había subido a su cuenta de Instagram.

«La mayoría de edad de Julia Janeiro, hoy en ‘Sálvame'», rotularon en el programa vespertino de Telecinco. De esta forma, arrancó una campaña de acoso físico y virtual que ahora ha terminado para Mediaset en una condena de 220.000 euros por intromisión ilegítima al honor de la joven. El fallo abre la puerta a otros famosos influencers a seguir los mismos pasos que la hija de María José Campanario.

La sentencia, a la que ha tenido acceso ‘El Confidencial’, ha sido emitida por el Juzgado de Instrucción número 2 de Arcos de la Frontera (Cádiz) y es recurrible ante la Audiencia Provincial. El fallo da por probado que Mediaset incurrió en un «delito de intromisión ilegítima en el derecho al honor, la intimidad personal y familia y a la propia imagen» de Julia Janeiro. De esos 220 mil euros de indemnización que se imponen, al grupo le tocaría pagar 190.000 euros y 30.000 a uno de sus colaboradores, Kiko Hernández, por las declaraciones que éste vertió en dos programas de ‘Sálvame’.

‘Sálvame’ acumula una larga lista de condenas similares

El programa de ‘La Fábrica de la Tele’, acumula una larga lista de condenas por similares motivos. Entre otras, 310.000 euros a Cayetano Rivera, 150.000 a Antonio David Flores, 50.000 a Cayetano Martínez de Irujo, o 180.000 a Jesulín y María José Campanario. Sin embargo, en esta ocasión, el rol que han jugado las redes sociales ha sido determinante, pues a Juls Janeiro la siguen casi 230.000 personas en Instagram.

La sentencia se refiere a ella como una «influencer, o creadora de contenido». Es problema es que los programas de televisión como ‘Sálvame’ y ‘Socialité’ publicaban sus fotos sin permiso, algo que podría ser ilegal. Según ha explicado a ‘El Confidencial’ uno de los abogados de la joven, Mario Bonacho, «hay dos puntos fundamentales en este caso. Por un lado, la sentencia concluye que ‘ser personaje público no se hereda’. Que tus padres sean famosos no te hace figura pública, sobre todo cuando siempre has rechazado dar entrevistas y hablar con medios, como ha sido el caso de Julia».

«Además, el hecho de que Julia publicara en Instagram muchas fotos personales no es excusa para que un medio o una tele las coja sin permiso expreso para destripar su vida», añade Bonacho. Por lo tanto, la sentencia abre de nuevo el debate sobre qué se considera ser personaje público y qué no. La sentencia también hace referencia a la jurisprudencia establecida por el Tribunal Supremo, donde se asegura que «la finalidad de una cuenta abierta en una red social en internet es la comunicación de su titular con terceros, y no publicar la imagen del titular de la cuenta en un medio de comunicación».

¿Otros influencers podrían seguir los pasos de Juls?

Según Samuel Parra, abogado especializado en derecho al honor e Internet, «hay que ir caso por caso para ver el comportamiento de cada uno. Si el influencer ha acudido antes a platós de televisión o ha concedido entrevistas y ha hablado de su vida privada, luego no puede invocar al derecho a la intimidad».

Para Bonacho, el caso de Julia Janeiro ejemplifica que «mostrar tu vida privada en Instagram y convertirse en influencer no implica convertirse en esclavo de ello. Si nunca has colaborado con la prensa rosa, ni concedido entrevistas donde hablas de tu vida privada, no eres persona pública a efectos jurídicos».

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