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El Supremo desestima la demanda de Mediaset sobre los derechos de 'Pasapalabra'

El Tribunal Supremo ha desestimado la demanda de revisión que interpuso Mediaset por los derechos de 'Pasapalabra' al considerar que es extemporánea.

Roberto Leal en 'Pasapalabra'.

Foto: Antena 3

El Tribunal Supremo ha dado una mala noticia para Mediaset tras desestimar la demanda de revisión que interpuso el grupo contra la sentencia que declaró a ITV titular de los derechos de 'Pasapalabra' y que derivó en la cancelación del concurso y su salto a Antena 3.

Cabe destacar que la Sala Civil del TS ha desestimado esta demanda de revisión que interpuso Mediaset por ser extemporánea. Así, el grupo decidió recurrir la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, que se declaró firme en 2019, que declaró a ITV titular de los derechos de propiedad intelectual del concurso 'Pasapalabra', incluyendo su prueba final 'El Rosco', y condenó a Mediaset a restituir a ITV las ganancias obtenidas por el uso del formato por haber infringido dichos derechos.

Tras esa sentencia, Mediaset basó su demanda de revisión en la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona, de 14 de noviembre de 2022, que formaba parte de un pleito entre la empresa holandesa MC&F y Atresmedia, que tras analizar una serie de documentos concluyó que la titular de los derechos de propiedad intelectual sobre 'El Rosco' era MC&F y no ITV.

Una resolución que Atresmedia también decidió recurrir y por ahora el grupo sigue emitiendo cada tarde y con gran éxito 'Pasapalabra' sin ningún tipo de problema.

El Supremo, de acuerdo con lo defendido por la Fiscalía y por ITV, razona que se ha incumplido por Mediaset el requisito de que la demanda se interponga dentro del plazo de caducidad de tres meses desde el día en que se descubrieron los documentos que se consideran decisivos para instar la revisión de una sentencia firme, de acuerdo al artículo 512.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

El alto tribunal recalca que los documentos aportados por la parte demandada (ITV), concretamente el contenido de una carta de 31 de mayo de 2017 del abogado de Mediaset, ponen en evidencia que la demandante (Mediaset) tenía conocimiento previo desde, al menos tal fecha, de los documentos en los que funda la revisión.

Asimismo, el Supremo recoge que la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona por el pleito entre MC&F y Atresmedia no es firme y está pendiente de la resolución de recursos extraordinarios por infracción procesal y casación ante el propio Supremo.

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