El Tribunal Supremo ha condenado finalmente a Cuarzo Producciones por los mensajes privados emitidos de Iker Casillas en el extinto magacín de Telecinco 'Viva la vida'. La productora, así como un colaborador del programa, José Antonio Avilés, tendrán que indemnizar al ex futbolista con 30.000 euros por la intromisión ilegítima en su derecho al honor y a la intimidad al comentar audios privados del denunciante.
El espacio que condujo Emma García tuvo acceso en su día a una "conversación privada e íntima" del antiguo portero del Real Madrid con una mujer en pleno proceso de separación con Sara Carbonero. Y aunque la Audiencia Provincial de Madrid había anulado una condena en primera instancia impuesta por un juzgado de Pozuelo de Alarcón, el Tribunal Supremo ha terminado aceptando el recurso de casación que impuso el ex futbolista.
Cuarzo Producciones, condenada a indemnizar a Iker Casillas por lo emitido en 'Viva la vida'
Además de la cuantiosa multa, la condena obliga a Cuarzo Producciones y a la cadena ha eliminar todo el material relativo a la conversación privada de Iker Casilas de su web y distintas plataformas donde 'Viva la vida' volcaba su contenido de emisión. Así , estimando los argumentos del guardameta, los magistrado de la sala de lo civil han considerado que, pese a no reproducir los audios en el programa, los comentarios de los colaboradores del magacín mientras los escuchaban suponen una intromisión en su derecho al honor y la intimidad.
La sentencia asegura así que "la separación matrimonial de un personaje público puede tener interés en el ámbito de la llamada prensa del corazón, pero no puede confundirse el interés público con el morbo o la curiosidad desmedida y carente de límites sobre la intimidad de los personajes públicos. No se puede convertir una comunicación privada en un espectáculo televisivo". De esta forma, el Supremo ha rechazado los argumentos de la productora, que alegó que la protección de los derechos del ex futbolista no era la misma que la de cualquier ciudadano pues ya había exteriorizado su vida privada.
Cuarzo Producciones citó como ejemplo el famoso beso que Iker Casillas protagonizó con Sara Carbonero oficializando su relación ante millones de espectadores en televisión durante el Mundial de Sudáfrica. Sin embargo, la sentencia concluye en que "no excluyen el ámbito que el demandante mantiene reservado para sí mismo, su familia o sus intimidades conyugales, y menos aún que esos actos supongan la exclusión de ese ámbito de protección de los mensajes privados que el demandante haya enviado a terceras personas, tengan o no relación con su crisis conyugal".
La sentencia subraya también como las manifestaciones y gestos de los colaboradores del extinto espacio de Telecinco, aunque no son explícitamente ofensivas, producen "una consideración negativa" de la figura de Iker Casillas, "al insinuar una conducta moralmente reprochable del demandante en relación con cuestiones que afectan a su intimidad y que no pueden ser objeto de debate público para escarnio".
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Como redactor de El Televisero me ocupo de seguir minuto a minuto la actualidad de la pequeña pantalla, saltando de cadena en cadena para plasmar en mis artículos lo más destacado del día, en los diferentes programas de televisión, el veredicto de la audiencia en redes, virales y cualquier información de interés sobre la programación.




